Sunday, March 24, 2019

DIGEMIG - Permanencia Transitoria por Objeto Determinado-Familia

Última actualización: 7/4/2018
Información actualizada por: DIGEMIG - Dirección General de Migración
Este trámite depende de: Unidad de Extranjería y Pasaportes
Horarios de atención tramite: 7:30 - 15:30
Horarios de atención entidad: 7:30 - 15:30

Dirigida a personas extranjeras que cuenten en territorio boliviano con vínculos de parentesco consanguíneo, civil o de adopción, de dependencia económica, afinidad y aquellas que contraerán matrimonio. Debe tramitarse antes del vencimiento de la visa consular. Tiene una vigencia hasta de sesenta (60) días calendario, plazo adicional a los treinta (30) días calendario otorgados en la visa consular de objeto determinado por familia. Habilita a una permanencia temporal de un (1) año

¿Qué requisitos se necesitan?


1. Formulario de Declaración Jurada de solicitud de permanencia transitoria obtenido de las oficinas o sitios web de la Dirección General de Migración.

2. Pasaporte con vigencia mínima de seis (6) meses.

3. Visa consular por familia. No aplica a personas extranjeras que realicen el cambio de condición migratoria en territorio boliviano (Parag. I, Art. 19 D.S. N° 1923).

4. Certificado de vacunación contra la fiebre amarilla si visitará zonas endémicas de alto riesgo.

5. En caso de no ingresar con visa consular por familia, presentar documentación que acredite la necesidad de permanecer en territorio boliviano por motivos de familia:

a) En caso de parentesco consanguíneo con persona(s) de nacionalidad boliviana que vive(n) en Bolivia: Certificado de nacimiento original o copia legalizada de la o el solicitante y Certificación o copia simple del certificado de nacimiento o cédula de Identidad boliviana del pariente consanguíneo: hermano, hermana, hijo, hija.

b) En caso de parentesco consanguíneo con personas extranjeras que cuentan con una permanencia regular temporal o definitiva en Bolivia: Certificado de nacimiento original o copia legalizada de la o el solicitante, copia simple de la cédula de Identidad de Extranjero del pariente consanguíneo (padre, madre, hermano, hermana, hijo, hija).

c) En caso de parentesco civil (matrimonio) con persona de nacionalidad boliviana que vive en Bolivia: Certificado de matrimonio original o copia legalizada y copia simple de la cédula de Identidad boliviana de la o el cónyuge.

d) En caso de parentesco civil (matrimonio) con persona de nacionalidad extranjera que cuenta con una permanencia regular temporal o definitiva en Bolivia: Certificado de matrimonio original o copia legalizada y copia simple de la cédula de Identidad de Extranjero de la o el cónyuge.

e) En caso de persona extranjera que contraerá matrimonio con persona de nacionalidad boliviana o extranjera en territorio boliviano: Certificación emitida por la Oficialía del Registro Civil, que establezca la fecha de celebración del matrimonio y copia simple de la cédula de Identidad boliviana o Cédula de Identidad de Extranjero o documentación que acredite la condición migratoria regular de la o el futuro cónyuge que se encuentra en Bolivia.

f) En caso de adopción: Certificación o documento equivalente emitido por autoridad jurisdiccional competente en Bolivia, debidamente legalizado, mediante el cual se corrobore que él o la solicitante de la permanencia transitoria se encuentra en calidad de demandante dentro del proceso de adopción.

g) En caso de dependencia económica, afinidad o tutela: Carta de invitación original de la persona boliviana o extranjera que vive o radica en Bolivia, con respaldos que acrediten el vínculo correspondiente:

- En caso de dependencia económica el respaldo será la declaración jurada que especifique que la persona que está solicitando la visa depende económicamente de la persona que realiza la invitación, esta última deberá acreditar documentalmente su capacidad económica a través de copias simples de contrato laboral o civil, extractos bancarios de los últimos tres (3) meses, u otros ingresos.

- En caso de afinidad el respaldo será la o las Certificaciones de parentesco correspondientes debidamente legalizados (Ej: Suegra, suegro, yerno, nuera, cuñado, cuñada, etc.)

- En caso de tutela el respaldo será la Certificación emitida por autoridad competente de Bolivia debidamente legalizada.

6. Certificado vigente que acredite que la persona extranjera no tiene antecedentes penales y/o policiales, expedidos por autoridad competente en el país de origen o de su última residencia y/o Certificado de antecedentes policiales internacionales emitido por INTERPOL (no aplica a menores de 14 años de edad).

7. Fotografía actual (4x4 fondo blanco).

8. Constancia de pago.

¿Cúanto cuesta el trámite?


Forma de pago: Depósito en cuenta

N° Cuenta Bancaria (Banco Unión): 1-3696024

Monto: 150 UFV

Por concepto de: Pago de trámite Hasta 60 días


¿Cómo se realiza este trámite?


En la DIGEMIG o en AdministracionesDepartamentales

1. Se hace presente en ventanilla de inicio

2. Si cumple requisitos, se le autoriza, se le autoriza el pago en Oficinas del Banco Unión

3. Se lo remite a ventanilla de Registro

4. Se lo remite a ventanilla de entrega

¿Dónde puedo realizar el trámite?


: Av. Camacho No 1480 entre calles Bueno y Loayza
Teléfonos: 2110960

Más información del trámite

Tiempo promedio para realizar el trámite: 3 dias
Marco Legal:

Ley No 370 de Migración de 08 de mayo de 2013
DS No 1923 de 13 de marzo de 2014

Información del trámite: www.migracion.gob.bo

Descargue la aplicación para realizar el trámite desde su móvil: www.migracion.gob.bo

DIGEMIG - Permanencia Transitoria por Objeto Determinado - Turismo o Visita

Última actualización: 7/4/2018
Información actualizada por: DIGEMIG - Dirección General de Migración
Este trámite depende de: Unidad de Extranjería y Pasaportes
Horarios de atención tramite: 7:30 - 15:30
Horarios de atención entidad: 7:30 - 15:30

Dirigida a personas extranjeras que ingresan al territorio boliviano con el propósito de descanso o esparcimiento y que no ejerzan actividad remunerada o lucrativa. Debe tramitarse antes del vencimiento de la visa consular. Tiene una vigencia hasta de sesenta (60) días calendario, plazo adicional a los treinta (30) días otorgados en la visa de turismo o visita consular o la emitida por la Dirección General de Migración

¿Qué requisitos se necesitan?


1. Formulario de Declaración Jurada de solicitud de Permanencia Transitoria, obtenido en las oficinas o sitios web de la Dirección General de Migración.

2. Pasaporte con vigencia mínima de seis (6) meses.

3. Visa consular de turismo o visita.

4. Certificado de vacunación contra la fiebre amarilla si visitará zonas endémicas de alto riesgo.

5. Fotografía actual (4x4 fondo blanco).

6. Constancia del pago del trámite.

Todos los documentos emitidos por el país de origen o de su última residencia en otro idioma diferente al español deberán ser traducidos y debidamente legalizados

¿Cúanto cuesta el trámite?

Forma de Pago Concepto Monto Moneda Cuenta Bancaria Descripción del Pago
Depósito en cuenta Pago de trámite 250 UFV 1-3696024 hasta 30 días
Depósito en cuenta Pago de trámite 250 UFV 1-3696024 Hasta 30 días
Depósito en cuenta Pago de trámite 250 UFV 1-3696024 Hasta 60 días

¿Cómo se realiza este trámite?


En la DIGEMIG o en Administración Departamental

1. Se hace presente en la ventanilla de inicio

2. Si cumple los requisitos, se le autoriza el pago en Oficinas del Banco Unión

3. Se lo remite a ventanilla de registro

4. Se le amplia la permanencia por turismo o visita
¿Dónde puedo realizar el trámite?

: Av. Camacho No 1480 entre calles Bueno y Loayza
Teléfonos: 2110960

Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite: 4 horas
Marco Legal:

Ley No 370 de Migración de 08 de mayo de 2013
Decreto Supremo No 1923 de 13 de marzo de 2014

Información del trámite: www.migracion.gob.bo

Descargue la aplicación para realizar el trámite desde su móvil: www.migracion.gob.bo

Sunday, March 10, 2019

DIGEMIG - PERMANENCIA TRANSITORIA por OBJETO DETERMINADO - SALUD

Última actualización: 7/4/2018
Información actualizada por: DIGEMIG - Dirección General de Migración
Este trámite depende de: Unidad de Extranjería y Pasaporte
Horarios de atención tramite: 7:30 - 15:30
Horarios de atención entidad: 7:30 - 15:30

Dirigida a personas extranjeras que requieran tratamiento médico especializado en territorio boliviano. Debe tramitarse antes del vencimiento de la visa consular. Tiene una vigencia hasta de sesenta (60) días calendario, plazo adicional a los treinta (30) días otorgados en la visa consular de objeto determinado por salud. Habilita a una permanencia temporal de un (1) año

¿Qué requisitos se necesitan?


1. Formulario de Declaración Jurada de solicitud de permanencia transitoria obtenido de las oficinas o sitios web de la Dirección General de Migración.

2. Pasaporte con vigencia mínima de seis (6) meses.

3. Certificado de vacunación contra la fiebre amarilla si visitará zonas endémicas de alto riesgo.

4. Visa consular. No aplica a personas extranjeras que realicen el cambio de condición migratoria en territorio boliviano (Parag. I, Art. 19 D.S. N° 1923)

5. Certificación médica original o copia legalizada, que especifique el tratamiento médico especializado que requiere la o el solicitante.

6. Certificado vigente que acredite que la persona extranjera no tiene antecedentes penales y/o policiales, expedidos por autoridad competente en el país de origen o de su última residencia y/o certificado de antecedentes policiales internacional emitido por INTERPOL (no aplica a menores de 14 años de edad).

7. Solvencia económica acreditada mediante declaración jurada, respaldada documentalmente según corresponda, a través de cualquiera de los siguientes documentos:

- Extractos bancarios de los últimos tres (3) meses que consignen el nombre de la o el solicitante.

- Comprobantes de envió de dinero del exterior a nombre de la o el solicitante.

- Carta notariada que demuestre la dependencia económica, acreditada documentalmente.

- Otros relacionados.

8. Fotografía actual (4x4 fondo blanco)

9. Constancia del pago del costo del trámite.

*Todos los documentos emitidos por el país de origen o de su última residencia en otro idioma diferente al español deberán ser traducidos y debidamente legalizados.

¿Cúanto cuesta el trámite?


Forma de pago: Depósito en cuenta

N° Cuenta Bancaria (Banco Unión): 1-3696024

Monto: 450 UFV

Por concepto de: Pago de trámite Hasta 60 días

¿Cómo se realiza este trámite?

En la DIGEMIG o en Administración Departamental

1. Se hace presente en la ventanilla de inicio

2. Si cumple los requisitos, se le autoriza el pago en Oficinas del Banco Unión

3. Se lo remite a ventanilla de registro

4. Se lo remite a ventanilla de entrega
¿Dónde puedo realizar el trámite?

: Av. Camacho No 1480 entre calles Bueno y Loayza
Teléfonos: 2110960

Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite: 3 dias
Marco Legal:

Ley No 370 de Migración de 08 de mayo de 2013

Información del trámite: www.migracion.gob.bo

Descargue la aplicación para realizar el trámite desde su móvil: www.migracion.gob.bo

Saturday, March 9, 2019

DIGEMIG - Autorización de Traspaso de Visa de Turismo o Visita Emitida por la DIGEMIG y Permanencias

Última actualización: 7/4/2018
Información actualizada por: DIGEMIG - Dirección General de Migración
Este trámite depende de: Unidad de Extranjería y Pasaportes
Horarios de atención tramite: 7:30 - 15:30
Horarios de atención entidad: 7:30 - 15:30

Mecanismo mediante el cual la o el solicitante tiene la posibilidad de transferir la constancia de su visa de turismo o visita o permanencia vigente en el país, en los siguientes casos: a) De un Pasaporte o Documento de Viaje sin vigencia, extraviado o robado, a un Pasaporte vigente o formato físico nuevo. b) De un soporte físico extraviado o robado, a un Pasaporte vigente o formato físico nuevo

¿Qué requisitos se necesitan?


1. Formulario de Declaración Jurada de solicitud de traspaso de visa de ingreso por turismo o vista emitida por la DIGEMIG o permanencia, obtenido de las oficinas o sitios Web de la Dirección General de Migración.

2. Pasaporte válido y vigente, Documento Nacional de Identidad o Cédula de Identidad de Extranjero, según corresponda.

3. Constancia de la visa de ingreso por turismo o visita o permanencia vigente, a través de cualquiera de los siguientes documentos:

a) Pasaporte vencido o soporte físico donde se adhirió la constancia de la visa o permanencia vigente (valorado o autorización de permanencia).

b) Cédula de Identidad de Extranjero vigente original y fotocopia simple para la contrastación correspondiente, que acredita la permanencia vigente. No aplica a autorización de traspaso de visa de ingreso por turismo o visita y permanencias transitorias.

c) En caso de que la visa de ingreso por turismo o visita o permanencia no se encuentre registrada en los sistemas informáticos de la DIGEMIG, presentar. Certificación de la visa o permanencia vigente correspondiente emitida por la DIGEMIG o por las Administraciones Departamentales según corresponda (previo al inicio del trámite, esta información podrá ser recabada a través de la página web: www.migracion.gob.bo.).

d) En caso de pérdida o robo del soporte físico o pasaporte donde se encontraba la constancia de la visa o permanencia, presentar Certificación de la visa de ingreso por turismo o visita o permanencia vigente correspondiente emitida por la DIGEMIG o por las Administraciones Departamentales según corresponda y denuncia realizada ante la INTERPOL.

4. En caso de que el usuario(a) solicite el traspaso de su permanencia después de dos años o más de haberla obtenido, deberá presentar además:

a) Certificado de Antecedentes Penales REJAP (no aplica a menores de 14 años de edad).

b) Certificado de Antecedentes Policiales Internacionales emitido por la INTERPOL, en caso de que la o el solicitante haya salido por tres meses o más del territorio boliviano, (no aplica a menores de 14 años de edad).

5. En caso de que el usuario(a) (independientemente del tiempo transcurrido desde la otorgación de la visa de ingreso por turismo o visita o permanencia) haya cambiado su actividad o su estado civil en el país: declaración jurada respaldada documentalmente según requisitos establecidos para cada clase y categoría de permanencia según corresponda, que incluya información sobre su solvencia económica.

6. Fotografía actual (4x4 fondo blanco)

7. Constancia de pago del costo del trámite correspondiente

¿Cúanto cuesta el trámite?


Forma de Pago Concepto Monto Moneda Cuenta Bancaria Descripción del Pago
Depósito en cuenta Pago de trámite 150 UFV 1-3696024 Costo único
Depósito en cuenta Pago de trámite 50 UFV 1-3696024 Personas refugiadas

¿Cómo se realiza este trámite?


En la DIGEMIG o en Administración Departamental

1. Se hace presente en la ventanilla de inicio

2. Si cumple los requisitos, se le autoriza el pago en Oficinas del Banco Unión

3. Se lo remite a ventanilla de registro

4. Se lo remite a ventanilla de entrega
¿Dónde puedo realizar el trámite?

: Av. Camacho No 1480 entre calles Bueno y Loayza
Teléfonos: 2110960


Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite: 45 minutos
Marco Legal:

Ley No 370 de Migración de 08 de mayo de 2013

Información del trámite: www.migracion.gob.bo

Descargue la aplicación para realizar el trámite desde su móvil: www.migracion.gob.bo

DIGEMIG - Permanencia Temporal por Salud de 1 Año

Última actualización: 7/4/2018
Información actualizada por: DIGEMIG - Dirección General de Migración
Este trámite depende de: Unidad de Extranjería y Pasaportes
Horarios de atención tramite: El trámite es en linea
Horarios de atención entidad: 7:30 - 15:30

Dirigida a personas extranjeras que se encuentren en territorio boliviano con tratamiento médico especializado. Debe tramitarse antes del vencimiento de la visa consular o de la permanencia transitoria. Tiene una vigencia de un (1) año, prorrogable por periodos similares hasta la culminación del tratamiento médico especializado. A partir de los 2 (dos) años la permanencia no constituye residencia ininterrumpida. Bajo esta modalidad migratoria no se puede obtener la permanencia definitiva.

¿Qué requisitos se necesitan?


1. Formulario de Declaración Jurada de solicitud de permanencia temporal, obtenido de sitios web u oficinas de la Dirección General de Migración.

2. Pasaporte vigente.

3. En caso de inicio de permanencia temporal: Sello de ingreso o admisión (Grupo I de Países), o visa Consular o la emitida por la DIGEMIG o permanencia transitoria según corresponda. (Parag. I, Art. 19 D.S. N° 1923).

En caso de renovación: permanencia temporal de un (1) año vigente.

En caso de prórroga: permanencia temporal de un (1) año vigente.

4. Certificado de vacunación contra la fiebre amarilla si visitará zonas endémicas de alto riesgo.

5. Certificado médico que acredite el tratamiento especializado, emitido por el médico especialista con registro en el Colegio Médico de Bolivia.

6. Documentación vigente que acredite que la persona extranjera no tiene antecedentes penales y/o policiales (no aplica a menores de 14 años de edad y a los que son inimputables de acuerdo a la legislación de su país de origen o de última residencia):

En caso de inicio de permanencia temporal:

- Certificado de Antecedentes Policiales y/o Penales de su país de origen o Certificado de Antecedentes Policiales Internacional emitido por INTERPOL.

- Certificado de Antecedentes Penales (REJAP) (en caso de haber permanecido en Bolivia bajo otra condición migratoria por el lapso de tiempo de 6 o más meses).

En caso de haber permanecido en territorio boliviano por más de 180 días o realizar la prórroga de su permanencia:

- Certificado de Antecedentes policiales emitido por la F.E.L.C.C. y F.E.L.C.N.

- Certificado de Antecedentes Penales (REJAP).

- Certificado de Antecedentes Policiales Internacionales emitido por la INTERPOL (en caso de que el o la solicitante haya salido por tres (3) meses o más del territorio boliviano).

7. Solvencia económica acreditada mediante declaración Jurada, respaldada documentalmente según corresponda, a través de cualquiera de los siguientes documentos:

a. Extractos bancarios de los últimos tres (3) meses que consignen el nombre de la o el solicitante de la visa consular.

b. Contrato laboral o civil.

c. Ingresos por concepto de alquiler y/o venta.

d. Otros relacionados.

8. Fotografía actual (4x4 fondo blanco).

9. Constancia de pago del costo del trámite correspondiente.

*Todos los documentos emitidos por el país de origen o de su última residencia en otro idioma diferente al español deberán ser traducidos y debidamente legalizados.
¿Cúanto cuesta el trámite?
Forma de Pago Concepto Monto Moneda Cuenta Bancaria Descripción del Pago
Depósito en cuenta Pago de trámite 450 UFV 1-3696024 Hasta un (1) año y su prórroga
Depósito en cuenta Pago de trámite 300 UFV 1-3696024 Hasta un (1) año y su prórroga para menores de 18 años

¿Cómo se realiza este trámite?


En la DIGEMIG o en Administración Departamental

1. Se hace presente en la ventanilla de inicio

2. Si cumple los requisitos, se le autoriza el pago en Oficinas del Banco Unión

3. Se lo remite a ventanilla de registro

4. Se lo remite a ventanilla de entrega
¿Dónde puedo realizar el trámite?

: Av. Camacho No 1480 entre calles Bueno y Loayza
Teléfonos: 2110960

Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite: 8 dias
Marco Legal:

Ley No 370 de Migración de 08 de mayo de 2013

Puede realizar este trámite en línea: www.migracion.gob.bo

Información del trámite: www.migracion.gob.bo

Descargue la aplicación para realizar el trámite desde su móvil: www.migracion.gob.bo

Friday, March 8, 2019

Video Una Venezolana nos cuenta como es la Vida en Venezuela y en Bolivia!!!

DIGEMIG - Permanencia Temporal para Estudiantes de Uno o Dos o 3 Años.

Última actualización: 7/4/2018
Información actualizada por: DIGEMIG - Dirección General de Migración
Este trámite depende de: Unidad de Extranjería y Pasaportes
Horarios de atención tramite: 7:30 - 15:00
Horarios de atención entidad: 7:30 - 15:30

Dirigida a personas extranjeras que se encuentren en territorio boliviano cursando estudios de nivel primario, secundario o en instituciones de educación superior de formación profesional. Tiene una vigencia de hasta tres (3) años (el usuario(a) puede acogerse a la permanencias de uno (1), dos (2) o tres (3) años), prorrogable por periodos máximos de tres (3) años hasta la culminación de sus estudios). Bajo esta modalidad migratoria no se puede obtener la permanencia definitiva

¿Qué requisitos se necesitan?


1. Formulario de Declaración Jurada de solicitud de permanencia temporal, obtenido de sitios web u oficinas de la Dirección General de Migración.

2. Pasaporte vigente o Documento Nacional de Identidad vigente en caso de países del MERCOSUR o CAN.

3. En caso de inicio de permanencia temporal: Sello de ingreso o admisión (Grupo I de Países), o visa Consular o la emitida por la DIGEMIG o permanencia transitoria según corresponda.

En caso de renovación: permanencia temporal de uno (1) o dos (2) años vigente.

En caso de prórroga: permanencia temporal de tres (3) años, vigente.

4. Certificado de vacunación contra la fiebre amarilla si permanecerá en zonas endémicas de alto riesgo.

5. Cualquiera de los siguientes documentos que acrediten los estudios del último nivel realizado en colegio, instituto o universidad del país donde hubiera radicado.

En caso de inicio de permanencia temporal: documentos de estudios o Certificado de estudios (título de bachiller, licenciatura o post grado, libreta o registro de notas u otros relacionados) debidamente legalizados; en caso de no contar con la documentación descrita, presentar Certificado de pre inscripción o inscripción del Colegio, Instituto o Universidad en Bolivia.

En caso de renovación o prórroga: Certificado de estudios original del colegio, instituto o universidad correspondiente de Bolivia.

6. Documentación vigente que acredite que la persona extranjera no tiene antecedentes penales y/o policiales (no aplica a menores de 14 años de edad y a los que son inimputables de acuerdo a la legislación de su país de origen o de última residencia).

En caso de inicio de permanencia temporal:

- Certificado de Antecedentes Policiales y/o Penales de su país de origen y/o Certificado de antecedentes policiales internacionales INTERPOL.

- En caso de haber permanecido en Bolivia bajo otra condición migratoria por el lapso de tiempo de 6 o más meses, presentar Certificado de Antecedentes policiales emitido por la F.E.L.C.C. y F.E.L.C.N o Certificado de antecedentes penales REJAP.

En caso de haber permanecido en territorio boliviano por más de 180 días o realizar la prórroga de su permanencia:

- Certificado de Antecedentes policiales emitido por la F.E.L.C.C. y F.E.L.C.N. o Certificado de Antecedentes Penales (REJAP).

- Certificado de Antecedentes Policiales Internacionales emitido por la INTERPOL en caso de que el o la solicitante haya salido por tres meses o más del territorio boliviano.

7. Constancia del inicio del trámite para la obtención del Certificado Médico o Certificado Médico emitido por la institución competente, de acuerdo a jurisdicción territorial.

8. Solvencia económica acreditada mediante declaración Jurada realizada ante autoridad migratoria, respaldada documentalmente según corresponda, a través de cualquiera de los siguientes documentos:

- Extractos bancarios de los últimos tres (3) meses que consignen el nombre de la o el solicitante.

- Comprobantes de envió de dinero del exterior a nombre de la o el solicitante.

- Carta notariada que acredite la dependencia económica, acreditada documentalmente.

- Otros relacionados.

9. Fotografía actual (4x4 fondo blanco).

10. Constancia de pago del costo del trámite correspondiente.

*Todos los documentos emitidos por el país de origen o de su última residencia en otro idioma diferente al español deberán ser traducidos y debidamente legalizados.

¿Cúanto cuesta el trámite?

Forma de Pago Concepto Monto Moneda Cuenta Bancaria Descripción del Pago
Depósito en cuenta Pago de Trámite 500 UFV 1-3696024 Hasta 1 año y Renovación
Depósito en cuenta Pago de Trámite 800 UFV 1-3696024 Hasta 2 años
Depósito en cuenta Pago de Trámite 1100 UFV 1-3696024 Hasta 3 años

¿Cómo se realiza este trámite?


En la DIGEMIG o en Administraciones Departamentales

1. Se hace presente en ventanilla de inicio

2. Si cumple requisitos, se le autoriza, se le autoriza el pago en Oficinas del Banco Unión

3. Se lo remite a ventanilla de Registro

4. Se lo remite a ventanilla de entrega

¿Dónde puedo realizar el trámite?


: Av. Camacho No 1480 entre calles Bueno y Loayza
Teléfonos: 2110960

Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite: 8 dias
Marco Legal:

Ley No 370 de Migración de 08 de mayo de 2013
DS No 1923 de 13 de marzo de 2014

Información del trámite: www.migracion.gob.bo

Descargue la aplicación para realizar el trámite desde su móvil: www.migracion.gob.bo

DIGEMIG - Permanencia Transitoria por Objeto Determinado - Trabajo Transitorio.

Última actualización: 7/4/2018
Información actualizada por: DIGEMIG - Dirección General de Migración
Este trámite depende de: Unidad de Extranjería y Pasaportes
Horarios de atención tramite: 7:30 - 15:30
Horarios de atención entidad: 7:30 - 15:30

Dirigida a personas extranjeras que cumplan una tarea remunerada o lucrativa, con o sin relación de dependencia, en el territorio boliviano, cuya vigencia será hasta treinta (30), hasta noventa (90) y hasta ciento ochenta (180) días dependiendo del tiempo de la actividad que realice en territorio boliviano. Será aplicable a personas extranjeras que sean remuneradas por el Estado Plurinacional de Bolivia o por otro país (ya sea instancia pública o privada).

¿Qué requisitos se necesitan?


1. Formulario de Declaración Jurada de solicitud de permanencia transitoria obtenida en las oficinas o en los sitios web de la Dirección General de Migración.

2. Pasaporte con vigencia mínima de seis (6) meses o Documento Nacional de Identidad vigente en caso de países del MERCOSUR o CAN.

3. Certificado de vacunación contra la fiebre amarilla si visitará zonas endémicas de alto riesgo.

4. Documentación que acredite la actividad que desarrollará en territorio boliviano en caso de no haber adquirido previamente la visa consular por trabajo transitorio:

- Si aplica a permanencia transitoria hasta 30 y 90 días:

a) En caso de trabajo remunerado con relación de dependencia:

Carta de Invitación de la Entidad o Empresa adjuntando copia simple de Acta de Constitución, NIT o su certificación electrónica, o Registro de Comercio – FUNDEMPRESA u otro relacionado.

b) En caso de trabajo lucrativo sin relación de dependencia laboral: Declaración jurada ante autoridad migratoria, que establezca la actividad que desempeñara (ver anexo Nº 14), el lugar donde se establecerá, el tiempo que pretende permanecer en Bolivia.

- Si aplica a permanencia transitoria hasta 180 días:

a) En caso de trabajo remunerado con relación de dependencia: Carta de Invitación de la Entidad o Empresa o Contrato de trabajo civil o laboral de la Institución, Entidad o Empresa, visado por el Ministerio de Trabajo (en los casos que corresponda) adjuntando copia simple del Acta de Constitución, NIT o su certificación electrónica, o Registro de Comercio – FUNDEMPRESA en los casos que corresponda, u otro relacionado.

b) En caso de trabajo lucrativo sin relación de dependencia: Declaración jurada que establezca la actividad que desempeñará, el lugar donde se establece, el tiempo que pretende permanecer en Bolivia, otros datos.

5. Certificado vigente que acredite que la persona extranjera no tiene antecedentes penales y/o policiales, expedidos por autoridad competente en el país de origen o de su última residencia y/o certificado de antecedentes policiales internacionales emitido por INTERPOL, en caso de no haber adquirido previamente la visa consular por trabajo transitorio (no aplica a menores de 14 años de edad).

Ante la imposibilidad de la presentación de este requisito, deberá presentar declaración jurada de carencia de antecedentes policiales internacionales en su país de origen o de su última residencia, ante autoridad migratoria.

6. Solvencia económica acreditada mediante declaración jurada, respaldada documentalmente según corresponda, a través de cualquiera de los siguientes documentos, en caso de no haber adquirido previamente la visa consular por trabajo transitorio:

- Extractos bancarios de los últimos tres (3) meses que consignen el nombre de la o el solicitante de la permanencia transitoria.

- Contrato laboral o civil.

- Ingresos por concepto de alquiler y/o venta.

- Otros.

7. Fotografía actual (4x4 fondo blanco).

*Todos los documentos emitidos por el país de origen o de su última residencia en otro idioma diferente al español deberán ser traducidos y debidamente legalizados.

¿Cúanto cuesta el trámite?



Forma de Pago Concepto Monto Moneda Cuenta Bancaria Descripción del Pago
Depósito en cuenta Pago de trámite 100 UFV 1-3696024 Hasta 30 días
Depósito en cuenta Pago de trámite 350 UFV 1-3696024 Hasta 90 días
Depósito en cuenta Pago de trámite 600 UFV 1-3696024 Hasta 180 días

¿Cómo se realiza este trámite?


En Oficina Fronteriza

1. Se hace presente en puesto de control migratorio fronterizo terrestre o aeroportuario habilitado

2. Si cumple requisitos es remitido a la Ventanilla de la Dirección General de Recaudaciones para el pago del trámite

3. Se le autoriza el ingreso a territorio boliviano

En la DIGEMIG o en Administración Departamental

1. Se hace presente en la ventanilla de inicio

2. Si cumple los requisitos, se le autoriza el pago en Oficinas del Banco Unión

3. Se lo remite a ventanilla de registro

4. Se lo remite a ventanilla de entrega
¿Dónde puedo realizar el trámite?

: Av. Camacho No 1480 entre calles Bueno y Loayza
Teléfonos: 2110960

Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite: 3 dias
Marco Legal:

Ley No 370 de Migración de 08 de mayo de 2013
Decreto Supremo No 1923 de 13 de marzo de 2014

Información del trámite: www.migracion.gob.bo

Descargue la aplicación para realizar el trámite desde su móvil: www.migracion.gob.bo

Thursday, March 7, 2019

DIGEMIG - Permanencia Transitoria por Objeto Determinado - Estudio

Última actualización: 7/4/2018
Información actualizada por: DIGEMIG - Dirección General de Migración
Este trámite depende de: Unidad de Extranjería y Pasaportes
Horarios de atención tramite: 7:30 - 15:30
Horarios de atención entidad: 7:30 - 15:30

Dirigida a personas extranjeras que ingresan al territorio boliviano, con el propósito de cursar estudios a nivel primario, secundario y en Instituciones de Educación Superior de Formación Profesional, bajo esta modalidad migratoria no se puede obtener la permanencia definitiva. Tiene una vigencia de sesenta (60) días calendario y habilita a obtener la permanencia temporal por estudio hasta por tres (3) años, prorrogables por el mismo periodo de tiempo hasta la culminación de sus estudios

¿Qué requisitos se necesitan?


1. Formulario de Declaración Jurada de solicitud de Permanencia Transitoria, obtenido en las oficinas o sitios web de la Dirección General de Migración.

2. Pasaporte con vigencia mínima de seis (6) meses o Documento Nacional de Identidad vigente en caso de países del MERCOSUR o CAN.

3. Certificado de vacunación contra la fiebre amarilla si visitará zonas endémicas de alto riesgo.

4. Cualquiera de los siguientes documentos que acrediten los estudios del último nivel realizado en colegio, instituto o universidad del país donde hubiera radicado debidamente legalizados:

- Certificación de estudios.

- Título de bachiller, licenciatura o post grado.

- Libreta o registro de notas.

- Otros relacionados.

De contar con una visa consular por estudio, deberá acreditar los estudios que está realizando en Bolivia, a través de los siguientes documentos:

- Certificación de estudios.

- Nota original emitida por el colegio, instituto o universidad en la que conste la condición de estudiante del solicitante.

- Otros relacionados.

5. Certificado vigente que acredite que la persona extranjera no tiene antecedentes penales y/o policiales, expedidos por autoridad competente en el país de origen o de su última residencia y/o Certificado de Antecedentes Policiales Internacionales emitido por INTERPOL (no aplica a menores de 14 años de edad).

6. Solvencia económica acreditada mediante declaración Jurada realizada ante autoridad migratoria, respaldada documentalmente según corresponda, a través de cualquiera de los siguientes documentos:

- Extractos bancarios de los últimos tres (3) meses que consignen el nombre de la o el solicitante.

- Comprobantes de envió de dinero del exterior a nombre de la o el solicitante.

- Carta notariada que acredite la dependencia económica, acreditada documentalmente.

- Otros relacionados.

7. Fotografía actual (4x4 fondo blanco).

8. Constancia del pago del costo del trámite.
¿Cúanto cuesta el trámite?

Forma de pago: Depósito en cuenta

N° Cuenta Bancaria (Banco Unión): 1-3696024

Monto: 150 UFV

Por concepto de: Pago de trámite Hasta 60 días


¿Cómo se realiza este trámite?


En Oficina Fronteriza

1. Se hace presente en puesto de control migratorio fronterizo terrestre o aeroportuario habilitado

2. Si cumple requisitos es remitido a la Ventanilla de la Dirección General de Recaudaciones para el pago del trámite

3. Se le autoriza el ingreso a territorio boliviano


En la DIGEMIG o en Administración Departamental

1. Se hace presente en la ventanilla de inicio

2. Si cumple los requisitos, se le autoriza el pago en Oficinas del Banco Unión

3. Se lo remite a ventanilla de registro

4. Se lo remite a ventanilla de entrega

¿Dónde puedo realizar el trámite?


: Av. Camacho No 1480 entre calles Bueno y Loayza
Teléfonos: 2110960

Más información del trámite

Tiempo promedio para realizar el trámite: 3 dias
Marco Legal:

Ley No 370 de Migración de 08 de mayo de 2013
Decreto Supremo No 1923 de 13 de marzo de 2014

Información del trámite: www.migracion.gob.bo

Descargue la aplicación para realizar el trámite desde su móvil: www.migracion.gob.bo